Se ofertan un total de 600 plazas

Los gallegos mayores de 60 años podrán beneficiarse de estancias de 10 días en balnearios desde 200 euros

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Palacio del Agua del Balneario de Mondariz (Pontevedra)


Turismo de salud, un turismo desestacionalizado, eso lo convierte en una oferta muy rentable y valioso en el sector. 


Cualquier ocasión es buena para visitar un balneario. y esta representa una magnífica y saludable oportunidad.


Un total de 600 gallegos mayores de 60 años podrán beneficiarse este año de estancias de 10 días en balnearios de la comunidad a un precio de entre 200 y 300 euros.





Bienestar en balneariosDe ello ha informado la organización Balnearios de Galicia a través de un comunicado, en el que ha explicado que las solicitudes para participar en este programa de la Xunta pueden presentarse hasta el 17 de abril.


En la mencionada iniciativa participan 14 balnearios gallegos, de los que cinco se encuentran en la provincia de Ourense. En cuanto a Lugo y Pontevedra, cuentan con cuatro; mientras el último se localiza en la demarcación coruñesa.


La estancia incluye alojamiento en habitación doble de uso compartido y manutención con pensión completa, y los beneficiarios pueden someterse a tratamientos termales con fines terapéuticos y disfrutar de las actividades de animación del establecimiento.


Qué requisitos deben cumplir las personas beneficiarias?


  • Ser mayor de 60 años, o 55 si se tiene la condición de pensionista por jubilación, viudedad, invalidez o de otra índole.


  • Estar empadronado y residir en algún ayuntamiento de Galicia.


  • Ser autónomo para las actividades de la vida diaria y estar en condiciones físicas de participar en el programa.


  • Carecer de enfermedades infecto – contagiosas o de trastornos de tipo mental o comportamental que puedan interferir en la normal convivencia y desarrollo del programa.


  • No existir contraindicaciones médicas para recibir los tratamientos termales.


Al igual que en convocatorias pasadas, podrán asistir en calidad de acompañante el cónyuge, pareja de hecho o persona con la que mantenga una relación análoga a la conyugal, siempre que cumpla los requisitos anteriores, o el/la hijo/a con diversidad funcional reconocida con grado igual o superior al 33% que también cumpla todos los requisitos menos el de la edad.


¿Qué documentación es necesario entregar con la solicitud?


La solicitud puede descargarse de la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Junto a ella se deberá presentar la siguiente documentación:

  • DNI, pasaporte o NIE de la persona solicitante y acompañante.


  • Copia del certificado de empadronamiento de ambos.


  • Copia de la declaración de la renta del último ejercicio. De no estar obligados, copia del certificado de las pensiones que perciben el solicitante y el acompañante o declaración jurada de no percibirlas.


  • Copia del libro de familia en caso de asistir acompañado de un/a hijo/a con diversidad funcional


  • Certificado del grado de discapacidad del descendiente, en caso de no haber sido emitido en Galicia.

No será necesario aportar estos documentos en caso de autorizar su consulta electrónica.


¿Cuándo y dónde se presenta la solicitud?


Como ya es habitual en los últimos años, se opta por una presentación electrónica a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, para lo que es necesario contar con un DNI electrónico o cualquier otro certificado de esta naturaleza que sea admitido por la Xunta de Galicia.


Así, también es posible su presentación presencial en cualquiera de los registros habilitados en base al procedimiento administrativo común, como los ayuntamientos, oficinas de correos, etc.


El plazo para presentar la solicitud es de 20 días contados a partir del día siguiente al de publicación de las bases en el Diario Oficial de Galicia, es decir, hasta el 7 de marzo de 2016.


En cuanto a la resolución, de la que está encargada la persona titular de la Dirección Xeral de Maiores e Persoas con Discapacidade, el plazo máximo es de tres meses contados a partir del día siguiente al de publicación de las bases. Deberá entenderse el silencio administrativo en sentido negativo.

Así, en caso de resolver positivamente, en la propia resolución se indicará:

  • El establecimiento termal asignado.


  • Las fechas de la estancia.


  • El coste de la misma y el importe a pagar en concepto de reserva de la plaza.


  • Los trámites a realizar para la adjudicación definitiva de la plaza.


  • La documentación y materiales o accesorios que la persona necesita llevar cuando acuda al disfrute del servicio.


Por otra parte, los solicitantes que, cumpliendo los requisitos, no consigan plaza, pasarán a formar parte de una lista de espera. De ésta serán llamados por orden de puntuación conforme vayan quedando plazas vacantes. Dicha lista de espera estará publicada en la página web www.xunta.es/politica-social.


¿Dónde solicitar más información?


En la Subdirección Xeral de Promoción de Autonomía Persoal e Prevención da Dependencia: 981 547 391 o 981 544 640

En las diferentes jefaturas territoriales de la Consellería de Política Social:

  • A Coruña: 881 881 537
  • Lugo: 982 294 896
  • Ourense: 988 372 430
  • Vigo: 986 817 214

En servicios sociales comunitarios o de los centros de salud.


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