​Justicia neutral, no independiente

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Sobrado 189X 200

      Últimamente, al hilo de la renovación del Consejo General del Poder judicial, nos vienen martilleando con la politización del poder judicial. Esta cuestión machacona pone de relieve posturas enfrentadas e incluso radicalizadas. Hay quienes niegan la politización de nuestra Justicia y quienes, por el contrario, la afirman. De cualquier modo, lo que sí es actual y resulta innegable es que cuando se debate sobre el tema del Consejo General del Poder judicial, nadie refuta la clasificación entre jueces conservadores (de derechas) y jueces progresistas (de izquierdas).


      Entre los más arduos negadores de la politización de la Justicia, se encuentran obviamente los propios los jueces que, sean conservadores o progresistas, tratan de desmentir esas imputaciones de politización. En ese anhelo de negar la politización apelan a la independencia judicial como bastión que garantiza la ausencia de politización. Y lo hacen al unísono en la defensa corporativa. Y afirman, el Consejo podrá estar politizado pero los jueces no. Y, curiosamente, en el tema de la refutación sobre una posible contaminación política, responden todos a una, no hay la más mínima discrepancia.


       Los jueces apelan al artículo 117 de la Constitución cuando dice que: la justicia se administra por Jueces y Magistrados independientes. Y en consecuencia afirman que, al margen del Consejo General del Poder Judicial, los jueces individualmente no están politizados, porque son independientes. El argumento de que no están politizados aunque sean conservadores o progresistas, religiosos o ateos, etc., lo sustentan en el texto de la Constitución que afirma y garantiza su independencia. Pero no tengo nada claro que ese sea un argumento sólido para demostrarlo o al menos convencernos a los ciudadanos.


       Llegados a este punto, tengo que reconocer que efectivamente los jueces son independientes y son tan independientes que una sentencia, sobre hechos idénticos de un Juzgado de Ourense a otros de Ribadavia o de Alicante pueden no tener nada que ver. E incluso sucede que la misma Sala y Sección con ponente diferente, sobre un mismo tema dicte sentencias diversas. Sin entrar en casos particulares, un ejemplo de total actualidad lo tenemos en la cuestión relativa al pasaporte covid. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no ha autorizado la obligatoriedad del pasaporte covid para acceder a restaurantes y a determinadas actividades de ocio nocturno, incluidos los conciertos, a diferencia de otros Tribunales de otras comunidades, como por ejemplo el Tribunal Superior Justicia de Galicia.


      Esa realidad diferente y diferenciada, se produce precisamente por la independencia de los jueces, independencia que es de carácter individual. Y esa Independencia implica soberanía, pues efectivamente los jueces individualmente en el ejercicio de su función son soberanos. De este modo podríamos afirmar que el Poder Judicial en España, podría equipararse “mutatis mutandi” a reinos de taifas.


       Ante el estado actual de la cuestión, yo preferiría que el artículo 117 de la Constitución, en vez de establecer de jueces independientes, implantase el concepto de: Jueces y Magistrados neutrales. Y lo prefiero, porque neutral define a aquel “que no se inclina en favor de ninguna de las partes opuestas o enfrentadas en una lucha o competición”. Y lo escojo porque la independencia no garantiza la neutralidad que es lo que precisa la Justicia y queremos los ciudadanos.


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